
Por Lliana Pizarro – Especial desde España –
Cuando llegamos a España como turistas, estudiantes, trabajadores o inmigrantes solemos decir que “hemos cruzado el charco”. Con esta expresión, hacemos alusión al inmenso océano Atlántico que nos separa de nuestra tierra.
Aunque puede haber excepciones, casi siempre llegamos al aeropuerto de Barajas, en Madrid y al descender del avión esperamos que alguien nos reciba. Y así es, nos reciben los funcionarios en sus puestos de trabajo para controlar la documentación que debemos presentar. Lo cierto es que, si todo está en regla, más que llegar a España podemos decir que hemos ingresado al “Espacio Schengen”.
Se trata de un “Espacio” integrado por un grupo de 26 países. Esto es, Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Eslovenia, Estonia, Finlandia Francia, Grecia, Hungría, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Eslovaca, República Checa y Suecia, todos ellos forman la Unión Europea.
Los Países del Espacio Económico Europeo, como Noruega, Islandia y Liechtenstein se incluyen en el mencionado Espacio, al igual que Suiza, que si bien no forma parte de las organizaciones anteriores, se suma a esta integración.
En el año 1985, en la pequeña localidad de Schengen, situada en el sureste de Luxemburgo, cerca del punto donde se unen las fronteras de Alemania, Francia y Luxemburgo, se firmó un Acuerdo que recibe el mismo nombre de esta comuna productora de vino. Mediante este instrumento, que entró en vigor en 1995, se estableció un espacio común -denominado espacio Schengen- que comprende una gran parte del continente europeo.
Los países participantes aplican normas comunes para controlar las fronteras exteriores y también en materia de visados y de cooperación entre los servicios policiales y judiciales en el ámbito penal. Los países que aplican íntegramente el acervo Schengen expiden visados uniformes, que permiten a sus titulares tránsitos aeroportuarios (visados tipo A) o estancias de hasta 90 días por semestre en todo su territorio (visados tipo C), de modo que, una vez cruzada la frontera de cualquiera de los países incluidos en el espacio Schengen, podrán circular libremente por dicho espacio y permanecer en el mismo hasta la fecha límite de sus visados, sin verse obligados a obtener un visado distinto para cada país que pretendan visitar.
Hay que tener en cuenta que Bulgaria, Chipre, Croacia, Irlanda, Rumanía y Reino Unido, no forman parte de este Espacio Schengen. Estos países han establecido sus propias normas y acuerdos paralelos con otros países para expedir sus visados.
Aunque existe la tendencia errónea en identificar espacio Schengen con Unión Europea, esto es incorrecto, ya que, como hemos visto, se suman otros países en este espacio que no forman parte de la UE.
Por último, si se quiere viajar a alguno de estos países deberá solicitarse el correspondiente visado en su consulado o embajada correspondiente, el cual no será válido para estancias en Schengen ni tampoco para circular libremente por dicho espacio, excepto para tránsitos aeroportuarios.
Ahora la pregunta es: ¿tú de qué lado estás?