El Tribunal Oral Federal (TOF) 2 condenó Cristina Fernández de Kirchner a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos en la causa por la obra pública en Santa Cruz.
Tras escuchar la condena en su contra, la dos veces expresidenta emitió un mensaje a través de sus redes sociales y anticipó que en 2023 no será candidata a ningún cargo electivo, por lo que quedará sin fueros a partir del 10 de diciembre del año próximo.
“Me van a poder meter presa después del 10 de diciembre”, afirmó la Vicepresidenta en la exposición que hizo a través de YouTube, en la que aseguró que la verdadera condena es el intento de proscribirla e inhabilitarla de por vida para ejercer cargos públicos.
Los fundamentos del veredicto emitido hoy por los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso serán dados a conocer el 9 de marzo de 2023, fecha a partir de la cual las partes podrán presentar sus apelaciones.
La sentencia quedará firme cuando se agoten todas las instancias, es decir, cuando la Corte Suprema haya respondido todos los planteos que le lleguen.
El TOF 2 absolvió además por mayoría a la expresidenta y al resto de los acusados en relación al delito de asociación ilícita por el cual los acusaron los fiscales del juicio Diego Luciani y Sergio Mola: el voto en disidencia en relación a ese punto fue del juez Basso.
El tribunal también condenó al empresario Lázaro Báez a seis años de prisión como partícipe necesario de administración fraudulenta, en tanto que al exsecretario de Obras Públicas José López y al exdirector de Vialidad Nacional Néstor Periotti también los sentenció a seis años de cárcel como coautores del delito, a la vez que dispuso su inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.
De los trece imputados por este caso hubo tres que fueron absueltos: el exministro de Planificación Federal Julio De Vido, el exsubsecretario de Obras Públicas Abel Fatala y el expresidente de la Administración General de Vialidad Provincial de Santa Cruz (AGVP) Héctor Garro.
En tanto, el exsubsecretario de Coordinación de Obra Pública Federal Carlos Santiago Kirchner resultó sobreseído por extinción de la acción penal. Había sido acusado por supuesto incumplimiento de funcionario público.
Entre los condenados también estuvieron Juan Carlos Villafañe, exjefe de la Administración General de Vialidad Provincial de Santa Cruz (AGVP, 5 años de prisión), Raúl Pavesi (también ex AGVP, 4 años y medio) y José Raúl de Santibañez, del mismo organismo (4 años). A Raúl Daruich, responsable del Distrito 23 “Santa Cruz” de la DNV, la impusieron 3 años y medio de cárcel.
El TOF 2 decidió, además, “disponer el decomiso de los efectos del delito, que consiste en la suma actualizada de ochenta y cuatro mil ochocientos treinta y cinco millones, doscientos veintisiete mil trescientos setenta y ocho pesos con cuatro centavos ($84.835.227.378,04)”, según leyó el presidente del tribunal, Gorini.
La lectura del veredicto comenzó a las 17.31 y concluyó 17 minutos después en una sala de audiencias de los tribunales federales de Comodoro Py 2002, en el barrio porteño de Retiro.
Mientras un grupo de manifestantes clamaba fuera del edificio por “Cristina presidenta”, los imputados, sus defensores y los fiscales seguían la audiencia a través de la plataforma virtual zoom.
Tras la lectura del veredicto, el tribunal difundió una breve reseña de los fundamentos que serán dados a conocer el año que viene, en la que los jueces afirmaron que existió una maniobra para beneficiar a Báez y que para su concreción fue esencial su relación con la familia Kirchner.
Los jueces sostuvieron que los hechos investigados “evidencian la existencia de vínculos promiscuos y corruptos entre funcionarios de la administración pública (nacional y provincial) y las empresas contratistas del Estado pertenecientes al mencionado grupo empresarial”.
Esos lazos -sostuvieron- “fueron determinantes para la concreción de una defraudación en la que predominó una ficta legalidad para instrumentar procesos y decisiones administrativas que buscaron asegurar y disimular un beneficio ilegítimo a favor de, por lo menos, dos de las personas imputadas en este proceso (Cristina Fernández de Kirchner y Lázaro Antonio Báez)”.
“Tenemos la certeza de que, mediante la tramitación de cincuenta y un procesos de licitación pública para la construcción de obras viales sobre rutas nacionales y provinciales en la provincia de Santa Cruz, entre los años 2003 y 2015, tuvo lugar una extraordinaria maniobra fraudulenta que perjudicó los intereses pecuniarios de la administración pública nacional en los términos y condiciones establecidos por la ley penal”, aseveraron los jueces en su reseña.
“La evidencia ha demostrado que durante ese período las obras viales licitadas en esa provincia fueron sistemáticamente adjudicadas a un grupo de empresas vinculadas al imputado Lázaro Antonio Báez, grupo cuya conformación y crecimiento económico exponencial se vio directamente asociado con la asignación de obra pública vial en el ámbito de esa jurisdicción”, señalaron los magistrados.